Modificaciones al Código Civil y Comercial establecidas en el Decreto 70/2023.
ARTÍCULO 250.- Se sustituye el artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN) por el siguiente texto: “Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación, sea o no de curso legal en el país. El…