Inspección General de Justicia. Fecha de entrada en vigencia: 22/05/2020. Ir al texto de la norma.
Se modifica el Artículo 1° de la Resolución General IGJ N° 25/2020 y se dispone otorgar un plazo de 360 días a los Clubes de Campo y a todo otro conjunto inmobiliario, organizados como asociación bajo forma de sociedad (artículo 3°, Ley N° 19.550), o como asociación civil, para que en cumplimiento del artículo 2075, tercer párrafo, del Código Civil y Comercial de la Nación, adecuen su organización a las previsiones normativas que el mismo contiene para ellos en su Libro IV, como derecho real de propiedad horizontal especial en el Título VI y conforme lo normado en el Título V para el derecho real de propiedad horizontal en general.